El sector público en España: composición y delimitación

El sector público en España: composición y delimitación

El sector público en España está compuestos por:

  • Administración General del Estado
  • Administración de la Seguridad Social
  • Organismos Autónomos
  • Entidades con Estatuto Jurídico Especial
  • Entes Públicos sometidos al régimen de derecho privado: Los entes públicos son entidades que no están adscritas a ningún ministerio, mientras que los organismos públicos sí, siempre. Estos entes públicos funcionan como empresas y rinden cuentas de forma general ante el parlamento.
  • Sociedades Mercantiles
  • Fundaciones Públicas
  • Consorcios: Formas de cooperación público-privada muy común en la actualidad. Los consorcios son agrupaciones de entidades públicas y a veces también privadas para prestar determinados fines concretos. El consorcio de transporte, sanitarios, culturales… Ha de haber entidades públicas, pero también suele haber alguna privada. Se crea para agrupar sinergias e intereses y prestar un servicio concreto.
  • Las agencias son unos entes que se crean en la Administración general del Estado para llevar a cabo funciones de gestión con una mayor agilidad. Casi siempre son o generan por la transformación de un ente público previo que lo convierte en una agencia buscando esa mayor agilidad en la gestión. También se someten al derecho privado y quedan al margen del derecho administrativo. Se ha producido un proceso de agencialización para crear una gestión más fluida y fácil evitando el derecho administrativo. Así, la Administración crea organismos que quedan fuera de las leyes creadas para regirse a sí misma.

Todo esto lo estamos refiriendo a la Administración del Estado, pero se puede repetir a nivel autonómico. Hay una 30.000 entidades públicas en España.

DELIMITACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO

Hay unos criterios para separar público-privado. Los siguientes son los criterios más tradicionales:

      1. Ver de quién es la propiedad de los medios de producción.
      2. Ver en base a qué se establecen los mecanismos de distribución. Si esosmecanismos de distribución de bienes y servicios se establecen a través de leyes y normas, de tal forma que no pagamos directamente por ellos es público. Pero si es a través de las leyes de mercado según el precio y la demanda del producto estamos ante una entidad privada.
      3. Ver quién es la autoridad responsable de definir los niveles y la calidad de los bienes y servicios. Quién hace las inspecciones por ejemplo.

Criterios de delimitación del Sector Público Estatal

  • En el régimen jurídico básico: Si se soete al régimen administrativo: sector público, en el resto de casos, sector privado
  • En su régimen presupuestario: Si el dinero lo obtiene vía presupuestos del Estado: el sector público. Si lo obtiene de sus propios beneficios del mercado: privado.
  • En su contabilidad: Dependiendo de si se rige por el régimen público o privado.
  • En su sistema de control: Si responde ante un poder político es sectoR público. Si responde ante su propia Junta: sector privado. El sistema de control en una empresa privada lo lleva la junta de accionistas, en una pública en última instancia es el Parlamento.
  • En su forma de financiarse: En caso de empresa pública, la forma de financiación es vía presupuestaria, distinta vía al sector privado (que utiliza sus propios recursos del mercado)
  • En su tesorería: En el sector público es poco frecuente (no hay gestión de tesorería, no hay cash, quien recauda es siempre Hacienda (junto con el Tesoro Público), que puede derivar presupuesto para determinadas carteras en las cuales el pago se realia mediante una autorización para uq dichos servicios se paguen con cuenta a los Presupuestos Públicos); en el sector privado si. La tesorería, en el sector público como departamentos o ministerios no tienen tesorería, mientras que la empresa privada si. El dinero en el sector público va a parar a la Caja Pública del Estado gestionado por el Ministerio de Hacienda que les permite a otros Ministerios expedir criterios de pago? que Hacienda canjea por dinero según las partidas de gastos.

Otros criterios de delimitación del Sector Público:

  • Económicos: En función de que la prestación del servicio sea a través del mercado, en donde el mecanismo de exclusión es el precio y no la autoridad.
  • Jurídicos: En base a la forma jurídica que adopten las instituciones, su régimen financiero y sistema de control, ey el sometimiento a la Ley de Contratos de Sector Público. A nivel jurídico, si la institución se crea en base al derecho administrativo y se somete a la ley de contratos del sector público y a la ley presupuestaria es un ente de carácter público. Si se somete al derecho mercantil por ejemplo es privado.
  • Financieros: Según la fuente de financiación vías PGE (impuestos,tasas…) o vía precio. Si la financiación del organismo viene vía impuestos, tasas… es un ente público. Si viene por la vía del precio del producto estaríamos en el ámbito privado.
  • Contables: Atendiendo a si están obligados a llevar el Sistema de Cuentas Nacionales o el Sistema Europeo de Cuenta (SEC). Si tienen que llevar el sistema europeo de cuentas o si están obligados a llevar el sistema de cuentas nacionales, entonces estaríamos en el sector público.
Constitución Española: delimitación del sector público

Artículo 128: Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante Ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio, y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.

Artículo 131: El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.

La ley general presupuestaria 23/11/2003 se recoge en su artículo 2 lo que es el Sector Público estatal.

Especificidad del Estado como Actor Económico:

  1. Característica de Pertenencia: La pertenencia al Estado es de carácter universal. El Estado es la única organización en que su pertenencia es universal desde que nacemos, y no podemos renunciar a ella, aunque si que te la pueden quitar.
  2. El uso de la coacción: A través de la violencia o la restricción de la libertad. El hecho de pertenecer al Estado es obligatorio y le da a este un poder de coacción que no lo tienen las demás organizaciones. Sin embargo, aunque el Estado tenga ciertos poderes de coacción, busca gobernar por la vía democrática y que los ciudadanos cumplan con su deber de forma voluntaria.

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Autor

24h Economía

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