Hacienda aclara el tratamiento fiscal de las pérdidas por fraude

¿Se puede deducir en el IRPF el dinero perdido por una estafa? Claves para la declaración de la renta 2024

Las pérdidas sufridas por estafas pueden deducirse en el IRPF bajo condiciones específicas y límites establecidos por la ley

¿Se puede deducir en el IRPF el dinero perdido por una estafa? Claves para la declaración de la renta 2024

La proliferación de ciberestafas y fraudes financieros ha provocado que muchos contribuyentes se pregunten si pueden recuperar parte del dinero perdido a través de su declaración de la renta. En plena campaña del IRPF 2024-2025, la respuesta cobra especial relevancia: la Agencia Tributaria sí permite deducir en ciertos casos el dinero perdido a causa de una estafa, aunque bajo estrictos criterios y límites.

¿Qué dice la normativa sobre las pérdidas por estafa en el IRPF?

En los últimos años, Hacienda ha clarificado que las pérdidas económicas sufridas como consecuencia de estafas —especialmente las cibernéticas— pueden considerarse como pérdidas patrimoniales a efectos fiscales. Esta calificación es fundamental porque permite que dichas cantidades negativas se compensen con otras ganancias en la declaración anual del IRPF.

Para entender este proceso, conviene repasar algunos conceptos clave:

  • Pérdida patrimonial: Es una disminución del patrimonio del contribuyente derivada de circunstancias como ventas a pérdida o, en este caso, estafas acreditadas.
  • Base imponible general: Es el importe sobre el que se calcula el impuesto. Las pérdidas patrimoniales pueden reducirla al ser compensadas con ganancias obtenidas durante el ejercicio fiscal.

Así, si un contribuyente ha sido víctima de una estafa bancaria o digital y lo puede acreditar debidamente (por ejemplo, mediante denuncia policial), podrá reflejar esa pérdida en su declaración.

Procedimiento y requisitos para deducir las pérdidas por estafa

No basta con haber sido víctima de un fraude: Hacienda exige cumplir varios requisitos para poder aplicar la deducción:

  • La pérdida debe estar perfectamente justificada, normalmente mediante una denuncia ante la policía o la Guardia Civil.
  • El banco debe haber denegado formalmente la devolución del importe perdido.
  • La pérdida debe figurar como definitiva; si posteriormente se recupera total o parcialmente el dinero (por ejemplo, tras un juicio favorable), esa cuantía deberá declararse como ganancia patrimonial en el ejercicio correspondiente.
  • La consulta vinculante DGT V0625-24 ha confirmado que este tratamiento es aplicable a ciberestafas documentadas.

Ejemplo práctico

Supongamos que un contribuyente ha perdido 10.000 euros por un caso de phishing bancario. Tras denunciarlo y agotar sin éxito todas las vías para recuperar su dinero, podrá incluir esos 10.000 euros como pérdida patrimonial en su declaración del IRPF.

Límites y condiciones fiscales

La posibilidad de compensar estas pérdidas tiene algunos límites:

  • Solo se podrá deducir hasta el 25% de los ingresos recogidos en la base imponible general del contribuyente. Es decir, si los ingresos totales son 40.000 euros, podrá deducir hasta 10.000 euros por este concepto.
  • Si no es posible compensar toda la pérdida en un solo ejercicio fiscal, la cantidad restante puede arrastrarse a los cuatro años siguientes para su compensación con futuras ganancias patrimoniales.
  • No todas las pérdidas son deducibles: deben derivar de hechos concretos y probados (no basta con simples sospechas o reclamaciones sin fundamento).
ConceptoDetalle
Naturaleza fiscalPérdida patrimonial
Documentación necesariaDenuncia policial, negativa bancaria
Límite deducciónHasta 25% base imponible general
Arrastre a ejercicios futurosSí, hasta 4 años
Declaración posteriorSi se recupera el dinero, debe declararse como ganancia patrimonial

Política fiscal y protección frente al fraude

Este criterio responde a una tendencia creciente en política fiscal española: adaptar la normativa tributaria a los nuevos riesgos digitales. Los fraudes online han crecido de forma exponencial y la Agencia Tributaria reconoce así el impacto real que estos delitos tienen sobre las economías domésticas.

Sin embargo, la medida también tiene una doble vertiente:

  • Por un lado, supone cierto alivio para quienes han sufrido pérdidas reales e irreparables.
  • Por otro, obliga a dotar de mayor transparencia y trazabilidad todos los procesos relacionados con denuncias y reclamaciones bancarias o policiales.

La política fiscal intenta así proteger al ciudadano sin abrir la puerta a posibles abusos. Por ello, la Administración exige siempre pruebas fehacientes antes de permitir cualquier deducción asociada a fraudes.

Consejos útiles para la campaña de renta

A quienes hayan sido víctimas de una estafa y quieran acogerse a esta deducción, se recomienda:

  1. Conservar todos los documentos relacionados (denuncias, comunicaciones bancarias).
  2. Consultar siempre con un asesor fiscal especializado antes de presentar la declaración.
  3. Revisar cada año las novedades fiscales publicadas por Hacienda sobre este tipo de compensaciones.
  4. En caso de duda sobre si una pérdida es deducible o no, solicitar consulta vinculante ante la Dirección General de Tributos.

Declaración de la renta: cómo reflejarlo

El proceso para incluir esta deducción en la declaración es relativamente sencillo:

  • Se declara como pérdida patrimonial en el apartado correspondiente.
  • Se compensa contra ganancias obtenidas ese año o años posteriores (si excede el límite anual).
  • Si existe recuperación futura del importe perdido, se declara como ganancia patrimonial cuando ocurra.

Esta posibilidad convierte al IRPF no solo en un instrumento recaudatorio sino también —en cierta medida— en una herramienta correctora ante situaciones injustas derivadas del auge del fraude digital.

En definitiva, aunque perder dinero nunca es buena noticia, la legislación vigente permite aliviar parte del golpe económico sufrido por estafas, siempre que el contribuyente actúe con diligencia y cumpla todos los requisitos legales establecidos.

Autor

24h Economía

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