El Gobierno de Pedro Sánchez vuelve a protagonizar una nueva chapuza.
La falta de desarrollo normativo del reciente permiso parental de ocho semanas ha llevado a numerosas consultas por parte de empresas a despachos de abogados, quienes buscan aclaraciones sobre cómo aplicar esta nueva medida. Uno de los puntos críticos que la ley deja sin especificar es si las empresas deben dar de baja a los trabajadores que disfrutan de este permiso en las cotizaciones a la Seguridad Social, con todas las consecuencias que esto conlleva.
El Real Decreto-ley 5/2023, del 28 de junio, que estableció este permiso, efectivo desde el 1 de julio, no aborda la cuestión de la cotización de los empleados que solicitan estos días para cuidar de sus hijos, dejando esta materia «a lo establecido reglamentariamente». Sin embargo, el adelanto electoral y la falta de formación de Gobierno han retrasado la creación de este reglamento.
Según explica a ‘El Economista’ Rosario Romero, socia fundadora de RB Legal, la incertidumbre sobre las cotizaciones es «el aspecto que más necesita ser clarificado mediante el desarrollo normativo», ya que tanto las empresas como los empleados necesitan comprender qué sucederá con las cotizaciones durante este permiso. Técnicamente, dado que se trata de un permiso no retribuido, las empresas no están obligadas a cotizar. No obstante, esta falta de cotización puede generar problemas para los empleados, especialmente si sufren un accidente durante ese período o si se encuentran en una situación de incapacidad temporal en el mes siguiente. Romero sugiere que la mejor opción sería que la empresa notifique este permiso como una situación de absentismo para asegurar una cotización mínima para el empleado.
El nuevo permiso parental tiene una duración de ocho semanas, que el empleado puede utilizar a tiempo completo o parcial para cuidar a un hijo o menor acogido hasta los ocho años de edad. La posibilidad de disfrutar de este permiso a tiempo parcial plantea otra pregunta importante que debe ser aclarada por el reglamento. Romero destaca que esto plantea interrogantes sobre si el permiso, disfrutado a tiempo parcial al 50% de la jornada laboral, se puede extender a 16 semanas.
Es importante tener en cuenta que el Gobierno introdujo este permiso como no retribuido; sin embargo, la Directiva europea sobre conciliación entre la vida laboral y personal establece que estos permisos deben ser remunerados a partir del 2 de agosto de 2024.