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¿Tienes más de 52 años y quieres volver a España?: Esta es la ayuda del SEPE que necesitas

Se trata de una colaboración para aquellas personas que retornan, pero se encuentran en un estado de desempleo y que no pueden optar a la jubilación

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SEPE 24H

El Servicio Publico de Empleo Estatal (SEPE) ofrece una ayuda para aquellos mayores que, tras vivir en el extranjero, quieren regresar al país.

En concreto, se trata de una colaboración para aquellas personas superiores a los 50 años y que estén en situación de desempleo y hayan vuelto a España después de un tiempo trabajando en el extranjero.

Conscientes de que algunas empresas optan por dar un cambio de imagen y deciden prescindir de todo ese personal que cuenta con más años a su espalda, el SEPE tomó partido para intentar ayudar a todos los trabajadores mayores que están desempleados.

Quedarse sin trabajo cuando llegamos a cierta edad implica tener que hacer frente a gastos muy importantes como la hipoteca, los gatos que supone tener a varios bajo o tan sencillo como todos esos que tenemos a la largo del mes como, facturas de la luz, agua, compra en el supermercado… ¿Cuál es la ayuda del SEPE para esas personas mayores del 52 años que vuelve a nuestro país? Te contamos todos los detalles sobre ella.

Facilitar el regreso

Una de las ayudas que ofrece el SEPE para todas esas personas mayores de 52 años que retornen a nuestro país es el «subsidio para personas emigrantes retornadas mayores de 52 años». La duración de este paro es hasta que la persona que quiera disponer de él llegue a la edad en la que ya pueda acceder a cualquier tipo de pensión relacionada con la jubilación y que se recoge en nuestro sistema de la Seguridad Social. Además, la cuantía mensual será igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

¿Y cuáles son los requisitos que debe cumplir una persona para poder acceder a esta subsidio? Te contamos todas las condiciones del SEPE:

  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo. Además, es necesario permanecer inscrito durante un mes y suscribir el acuerdo de actividad. Esta inscripción se tiene que mantener durante el periodo que dure el subsidio.
  • Ser una persona trabajadora emigrante que ha vuelto de países que no pertenecen al Espacio Económico Europeo, ni Suiza o Australia.
  • No tener derecho a una prestación por desempleo por cotizaciones que se tuvieran acumuladas en los seis años anteriores a que saliera de nuestro país.
  • Cumplir con todos los requisitos, excepto la edad, para poder acceder a «cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social español».
  • Tener cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral
  • Carecer de rentas propias de cualquier índole superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Haber cumplido los 52 años cuando se vaya a solicitar la ayuda para poder acceder a este subsidio como persona retornada.
  • Ser una persona que ha trabajado como mínimo 12 meses en estos últimos 6 años tras haber salido de nuestro país en zonas que no pertenecen al Espacio Económico Europeo, Suiza o Australia.

Autor

24h Economía

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