El Fútbol Club Barcelona fue imputado por cohecho en el marco del caso Negreira, la investigación por los pagos del equipo de 7,5 millones de euros en comisiones a José María Enríquez Negreira, exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA).
El diario ‘El Debate’ considera que el proceso podrá tener consecuencias económicas en el club catalán. En concreto, el impacto más directo se centra en el estadio del Barça, que a día de hoy se encuentra de obras.
El equipo tuvo que pedir un préstamo de 1.500 millones de euros para poder hacer frente a las reformas. Sin embargo, en el contrato que firmó con los financiadores se pactó que si el Barça era finalmente condenado en sentencia firme, hecho que aún no ha tenido lugar, se paralizaría la financiación. El Barça también tendría que abonar una multa a los inversores además de devolver el dinero prestado.
Tampoco se pueden descartan las consecuencias jurídicas. El juez Joaquín Aguirre considera que el cohecho está probado porque el delito se consuma en el momento en el que el Barça hace los pagos. De la misma manera, el magistrado considera a Negreira funcionario a efectos penales como consecuencias de las labores que desarrollaba en el CTA. El auto de imputación está plagado de jurisprudencia del Tribunal Supremo y de destacas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
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Fútbol Club Barcelona
Si finalmente se demuestra que el club azulgrana pagó para tener una influencia o para tener arbitrajes favorables, el castigo deportivo sería de pérdida de puntos y/o descenso de categoría. Pero al estar prescrito no se puede aplicar aun demostrando esa culpabilidad. Otra cosa es que LaLiga, como entidad privada que es, expulse al equipo de su competición y no le deje jugar el torneo, algo que sería de exclusiva potestad del organismo que preside Javier Tebas y que se antoja poco probable que pueda ocurrir.
Sería en la UEFA, a nivel europeo, donde el Barcelona sí podría tener el mayor castigo posible: quedar excluido de la competición a la que se clasifique, posiblemente la Champions. El máximo órgano del fútbol europeo indica en sus estatutos (concretamente en su artículo 50.3) que «un club que ha estado directa o indirectamente involucrado en cualquier actividad dirigida a arreglar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional no podrá participar en la competición».