En una jornada marcada por la víspera navideña, el Consejo de Ministros ha dado luz verde definitiva a la revalorización de las pensiones y prestaciones públicas que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2026. Este paquete de medidas, aprobado este martes mediante un Real Decreto-ley, confirma un incremento general del 2,7% para las pensiones contributivas, una cifra que busca compensar la inflación media registrada entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025. Con esta decisión, el Ejecutivo busca ofrecer «certeza» a los más de 9,4 millones de pensionistas del país, garantizando que sus ingresos sigan el ritmo del coste de la vida.
Incrementos diferenciados: foco en los más vulnerables
Aunque la subida general es del 2,7%, el diseño de la reforma de pensiones prioriza a las rentas más bajas. En este sentido, las pensiones mínimas contributivas experimentarán un aumento de entre el 7% y el 11,4%. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha destacado que este esfuerzo presupuestario es una garantía de un «Estado de Bienestar fuerte» que protege especialmente a quienes se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad económica.
Para un pensionista que percibe la pensión media de jubilación (situada en torno a los 1.511,5 euros mensuales), este incremento del 2,7% se traducirá en aproximadamente 571,35 euros adicionales al año. Esto significa que su nómina mensual pasará a ser de 1.552,3 euros repartidos en 14 pagas. Por su parte, la pensión media de todo el sistema, que incluye viudedad, orfandad e incapacidad, crecerá unos 500 euros anuales, situándose en 1.352,35 euros al mes.
Nuevas cuantías para 2026: guía detallada
A continuación, se detallan los importes mínimos que regirán a partir de enero, según la modalidad de la prestación y la situación familiar del titular:
- Jubilación para mayores de 65 años:
- Con cónyuge a cargo: la cuantía asciende de los 1.127,6 euros de 2025 a los 1.255 euros mensuales (17.592,40 euros anuales).
- Hogares unipersonales (sin cónyuge): se fija en 936,20 euros al mes, frente a los 874,40 euros del año anterior.
- Con cónyuge no a cargo: la cifra queda en 888,7 euros mensuales.
- Pensión de viudedad:
- Con cargas familiares: es una de las que más sube (11,4%), alcanzando los 1.256,15 euros al mes.
- Mayores de 65 años o con discapacidad ≥ 65%: se sitúa en 936,21 euros mensuales.
- Incapacidad permanente y gran invalidez:
- La gran invalidez con cónyuge a cargo llegará a los 1.884,11 euros al mes.
- La incapacidad absoluta o total (65 años o más) con cónyuge a cargo se establece en 1.256,15 euros mensuales.
- Pensiones no contributivas e Ingreso Mínimo Vital (IMV):
- Ambas prestaciones se revalorizan un 11,4%. La pensión no contributiva de jubilación e invalidez íntegra pasa de 564,7 euros a 629,08 euros al mes.
- La renta garantizada del IMV para un hogar unipersonal alcanzará los 734 euros mensuales.
La pensión máxima y el complemento de brecha de género
Los beneficiarios de la pensión máxima también verán una actualización, aunque con matices técnicos. Las nuevas pensiones máximas subirán un 2,815%, alcanzando los 3.359,6 euros mensuales (47.034,4 euros anuales). Este porcentaje es ligeramente superior al general debido a que se aplica el IPC más un diferencial de 0,115 puntos, pactado en la reforma para compensar la mayor cotización de los salarios más altos. Sin embargo, para las pensiones máximas ya reconocidas antes de 2026, el aumento será del 2,7%.
Asimismo, el complemento para la reducción de la brecha de género se revaloriza un 2,7%, situándose en 36,9 euros mensuales por hijo (según algunas fuentes, hasta 38,24 euros en ciertos casos de actualización). Este plus, destinado principalmente a mujeres, está siendo revisado para adaptarse a la normativa europea tras sentencias sobre discriminación masculina.
Cambios estructurales en la jubilación: edad y cómputo
El año 2026 no solo trae cambios en las cuantías, sino también en las reglas de acceso al sistema. Siguiendo el calendario de la reforma de 2013, la edad ordinaria de jubilación sube a los 66 años y diez meses para quienes tengan menos de 38 años y tres meses cotizados. Quienes superen ese umbral de cotización podrán seguir jubilándose a los 65 años.
Una de las grandes novedades es el inicio del nuevo periodo de cómputo dual u opcional. A partir de enero, la Seguridad Social aplicará de oficio la opción más ventajosa para el trabajador entre dos posibilidades: mantener los últimos 25 años cotizados o elegir los mejores 27 años dentro de los últimos 29. Para 2026, el cálculo específico permitirá usar los últimos 304 meses (25,33 años), pudiendo descartar los dos peores meses.
Medidas adicionales y «escudo social»
El Real Decreto-ley incluye la prórroga de medidas de protección social hasta finales de 2026, como la suspensión de desahucios para hogares vulnerables, los descuentos del bono social energético y la garantía de suministros básicos.
Además, se han introducido mejoras para colectivos específicos:
- Bomberos y agentes medioambientales: se aprueba una cotización adicional del 10,60% que permitirá a estos profesionales anticipar su jubilación debido a la peligrosidad de su trabajo.
- Personal sanitario: se amplía la posibilidad de que médicos de familia y pediatras de Atención Primaria compatibilicen su jubilación con el trabajo, medida que ya ha beneficiado a más de 1.200 profesionales.
- Autónomos: se prorrogan los tramos de rendimientos netos de 2025 para 2026 mientras continúa la negociación para el sistema de ingresos reales.
Finalmente, el Gobierno ha confirmado que el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) se establece en el 0,90% para 2026, destinado a nutrir el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, que se prevé cierre el año por encima de los 14.000 millones de euros.
