TENSIÓN EN EL GOBIERNO Y EN LAS AULAS

El Estatuto del Becario avanza entre críticas de rectores y rechazo empresarial

Díaz celebra un “avance histórico”, pero las universidades alertan del impacto financiero y los socios del Ejecutivo dudan de su aprobación.

Yolanda Díaz
Yolanda Díaz 24h

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el nuevo Estatuto del Becario en su primera lectura, una norma que busca regular y ordenar el régimen jurídico de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa. Este anteproyecto de ley, más conocido como el Estatuto del Becario, fue presentado y firmado inicialmente con los sindicatos en el año 2023.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha sido la encargada de presentar la ley, que llevaba pendiente desde la anterior legislatura y había estado paralizada durante casi dos años y medio. El objetivo central de la norma es delimitar de manera clara lo que es una actividad formativa de lo que es una relación laboral, para así acabar con los «falsos becarios» y la precariedad que sufren muchos estudiantes. La ministra Díaz insistió en que «una persona en prácticas no puede sustituir a un trabajador».

El estatuto, que afectará a cerca de 1,6 millones de becarios en España, garantiza que la formación debe ser una actividad «efectiva y provechosa». Se presume que existe una relación laboral cuando la actividad realizada sustituye las funciones de un trabajador o cuando no exista una vinculación directa entre la actividad y el currículo asociado a la práctica.

Compensación de gastos y límites de horas

Una de las claves fundamentales de la iniciativa es que las empresas donde los estudiantes desarrollen actividades formativas, aunque no están obligadas a pagar un salario, sí deberán compensar los gastos incurridos por los becarios. Esta compensación debe ser por una cuantía mínima suficiente para cubrir gastos como el desplazamiento, el alojamiento o la manutención. Asimismo, la norma prohíbe expresamente que los estudiantes paguen por acceder a la formación práctica.

La ley también fija límites a la duración de las prácticas, incluyendo las prácticas extracurriculares realizadas durante los estudios de grado, máster o doctorado.

  • Las prácticas extracurriculares quedan limitadas a 480 horas, lo que supone una reducción a la mitad.
  • Las prácticas desarrolladas durante los estudios no deberán superar el 15% de las horas en que se concreten los ECTS de la titulación.
  • En el caso de títulos propios de las universidades, la suma total de las prácticas curriculares y extracurriculares no debe superar el 25% de los créditos ECTS.
  • Además, se prohíbe que los estudiantes realicen sus prácticas en horario nocturno o por turnos.

Limitación de la plantilla y derechos

Para asegurar que los estudiantes no sustituyan al personal contratado, el estatuto establece un límite máximo de becarios por empresa. Las empresas solo podrán tener un 20% de becarios en su plantilla total. No obstante, pymes podrán contar con dos personas en formación, independientemente del número total de sus trabajadores.

El texto también reconoce derechos esenciales para los becarios, como el derecho a una adecuada tutorización, el derecho al descanso, a la conciliación y a la protección de la seguridad social y la salud frente a la violencia y el acoso. Las tareas asignadas en el periodo de prácticas deberán ajustarse estrictamente al plan de formación individual, el cual debe ser supervisado por un tutor que no podrá tener a más de cinco estudiantes bajo su tutela.

Entre las obligaciones de los estudiantes se encuentran:

  • Cumplir la normativa vigente y el proyecto formativo.
  • Incorporarse a la empresa en la fecha y horario acordados.
  • Respetar las normas de seguridad y prevención de riesgos laborales.
  • Guardar confidencialidad sobre la información interna y secreto profesional sobre sus actividades, incluso una vez finalizada la práctica.

Régimen sancionador: multas de hasta 225.000 euros

La nueva norma incluye un régimen sancionador para aquellas entidades públicas o privadas que incumplan sus disposiciones, buscando castigar las infracciones muy graves.

Las multas previstas para las empresas son las siguientes:

  • Infracciones muy graves en su grado mínimo: de 7.501 a 30.000 euros.
  • Infracciones muy graves en su grado medio: de 30.001 a 120.005 euros.
  • Infracciones muy graves en su grado máximo: de 120.006 a 225.018 euros.

Controversia y futuro político de la ley

A pesar de la aprobación inicial por el Consejo de Ministros, la tramitación del Estatuto del Becario ha estado marcada por la controversia. Si bien el texto cuenta con el respaldo de los sindicatos CC OO y UGT, es rechazado por la patronal (CEOE y Cepyme).

La Conferencia de Rectores de Universidades Españolas (CRUE) tampoco ha dado su visto bueno. Los rectores denunciaron que el anteproyecto se publicó sin contar con la participación de la comunidad universitaria. Su principal «preocupación» radica en la posibilidad de que los costes de compensación a los becarios recaigan en las universidades debido a la «deficiente financiación» de la universidad pública, según señaló la ministra Díaz.

El anteproyecto de ley debe volver al Consejo de Ministros en segunda lectura tras recibir los informes preceptivos, para luego ser enviado al Congreso de los Diputados, ya que tiene rango de ley. Sin embargo, la normativa ha generado discrepancias internas en el Gobierno de coalición. La validación en las Cortes Generales se presenta como un camino complicado, con «muy pocas opciones de ser validada» dada la actual ruptura del pacto de investidura y las dudas expresadas por varios socios del Ejecutivo.