IMPUESTOS

María Jesús Montero pone el ojo en los parados: tendrán que presentar la Declaración de la Renta

Hacienda obligará a las personas que cobren el paro a presentar la declaración de ingresos sin importar cuánto hayan percibido durante el año

María Jesús Montero pone el ojo en los parados: tendrán que presentar la Declaración de la Renta

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, impulsa un mayor control sobre los beneficiarios de la prestación por desempleo.

A partir del próximo año, la Agencia Tributaria obligará a todos los desempleados que reciban la prestación por desempleo a presentar la declaración de la Renta, independientemente de sus beneficios anuales. Esta medida, establecida a través del Real Decreto-ley aprobado en mayo, entrará en vigor el 1 de noviembre y afectará a quienes estén cobrando el paro, aunque sus ingresos sean inferiores a los 22.000 euros anuales, que es el límite general para presentar la declaración del IRPF.

Desde el organismo afirman que esta nueva normativa pretende aumentar el control sobre los contribuyentes y forma parte de un esfuerzo por simplificar y mejorar el nivel de protección por desempleo, a fin de evitar que se generen irregularidades en la gestión de las prestaciones.

La Agencia Tributaria ya había incrementado su control sobre los autónomos en años anteriores, obligando a todos los trabajadores por cuenta propia a presentar la Renta sin importar sus ingresos. Ahora, esta exigencia se extiende también a los parados.

En caso de incumplir con la obligación de presentar la declaración, los desempleados podrían enfrentarse a la suspensión de su prestación por desempleo. Además, quienes no cumplan con esta obligación podrían enfrentar sanciones económicas.

«En caso de incumplimiento de lo previsto en el artículo 299.1.k), la suspensión tendrá lugar cuando la entidad gestora detecte que las personas beneficiarias de prestaciones hubieran incumplido durante un ejercicio fiscal la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en las condiciones y plazos previstos en la normativa tributaria aplicable».

Esta disposición en el texto aprobado quiere decir que si la declaración de la Renta resulta a pagar, la multa oscilará entre el 50% y el 150% del total de la deuda. Por otro lado, si la declaración sale a devolver y no se presenta, la persona podría recibir una multa de hasta 200 euros, lo que podría provocar que el resultado final de la declaración se transforme en una deuda para el contribuyente.

Autor

24h Economía

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