El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que dará de qué hablar.
La resolución alto tribunal genera un importante precedente en el ámbito laboral al determinar que el tiempo empleado en desayunar en el trabajo, así como el inicio del registro de jornada, deben ser considerados como tiempo efectivo de trabajo.
La sentencia del Supremo, fechada el 5 de marzo, surge como respuesta a los recursos presentados por varios sindicatos ante un fallo previo de la Audiencia Nacional, particularmente en el caso de la plantilla de CaixaBank. En su exposición, el Tribunal estima que los trabajadores tienen derecho a un tiempo de cortesía, un lapso de 15 minutos posteriores a la hora establecida para el inicio de la jornada laboral, para poder tomar el desayuno y que se contabiliza como tiempo efectivamente trabajado. Eso sí, indica que este tiempo se puede reclamar siempre y cuando los empleados estén sujetos a un control rígido de horario y no ocupen cargos de jefatura o similares.
Con esta decisión, el Supremo ratifica que los empleados tienen derecho a poder cumplir con estas actividades cotidianas antes del inicio formal de su jornada laboral. Esto se fundamenta en los acuerdos previos a la implantación del registro de jornada, que establecían claramente esta posibilidad.
La sentencia también rechaza el recurso empresarial y sostiene que el tiempo dedicado al desayuno también debe ser considerado como tiempo de trabajo efectivo.
Es importante destacar que el Tribunal Supremo enfatiza que el registro de jornada no puede ser utilizado como una herramienta para modificar las condiciones laborales de los trabajadores ni para desconocer sus derechos adquiridos. Esto implica que las empresas deben garantizar que el registro refleje de manera precisa y justa el tiempo efectivamente trabajado, sin imponer cambios desfavorables en las condiciones laborales previamente acordadas.
Esta sentencia establece una protección adicional para los trabajadores al reconocer el valor del tiempo empleado en actividades básicas como el desayuno, y al mismo tiempo, subraya la importancia de que el registro de jornada se utilice de manera justa y transparente, sin vulnerar los derechos laborales de los empleados.