En las Administraciones Públicas

La Justicia falla a favor de los interinos de larga duración en España: deben ser fijos

La Justicia falla a favor de los interinos de larga duración en España: deben ser fijos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado a favor de los interinos de larga duración en las Administraciones Públicas.

La Justicia europea estima que la legislación española no disuade adecuadamente a las Administraciones Públicas para evitar el abuso de la contratación temporal, algo que ha ocasionado que trabajadores estén contratados «durante años» de forma precaria.

El Tribunal considera que la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos es la medida más indicada para solventar la “falta de medidas adecuadas” en el Derecho español para prevenir y sancionar la utilización sucesiva de contratos temporales, incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente.

Además, la sentencia del TJUE establece que los trabajadores con contratos indefinidos no fijos deben ser considerados dentro del ámbito de aplicación del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada. Esto significa que estos trabajadores temporales sucesivos deben disfrutar de las mismas protecciones y derechos que aquellos con contratos de duración determinada, lo que supone un paso importante en la lucha contra la precariedad laboral.

Por otro lado, la sentencia también destaca la importancia de la consulta a los representantes de los trabajadores en procesos de despido colectivo desde el momento en que el empresario proyecta una reducción de la plantilla que pueda superar ciertos umbrales. Esta obligación de consulta temprana resalta la necesidad de una mayor transparencia y participación de los trabajadores en situaciones de reestructuración empresarial, asegurando que sus derechos e intereses sean debidamente protegidos.

El órgano judicial también señala que es la Justicia española la que debe modificar la jurisprudencia nacional consolidada para que ésta sea compatible con los objetivos de la legislación europea, particularmente con el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada.

Un reclamo de años

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió este fallo en respuesta a una solicitud del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que buscaba una interpretación del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, contenido en el anexo de la Directiva 1999/70. La solicitud surgió a raíz del caso de tres empleados de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid.

Estos trabajadores estuvieron empleados durante varios años (desde 1994 en dos de los casos y desde 1998 en el tercero) con contratos temporales sucesivos. Ante esta situación, el TSJM solicitó al TJUE que interpretara el acuerdo marco en relación con la eficacia de las medidas para prevenir el abuso de los contratos de duración determinada en el sector público.

En su dictamen, el TJUE respondió al TSJM que un empleado indefinido no fijo, una categoría creada por la jurisprudencia, debe ser considerado como un trabajador con contrato de duración determinada según el acuerdo marco. Por lo tanto, este tipo de empleados se encuentra dentro del ámbito de aplicación de dicho acuerdo.

Autor

24h Economía

Te acercamos a la Economía. Toda la actualidad económica y política en 24heconomia.com y en sus redes sociales.