El Gobierno aumenta los impuestos en el salario de los trabajadores

Guía de la reforma de las pensiones: Estos son los principales cambios

El Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto-ley que recoge las medidas de la segunda fase de la reforma de pensiones sin el apoyo de la patronal

José Luis Escrivá
José Luis Escrivá PD

La reforma de las pensiones de José Luis Escrivá avanza.

El 16 de marzo, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto-ley que recoge las medidas de la segunda fase de la reforma de pensiones. Una medida que hace que un gran número de españoles se pregunte: ¿Y cómo me afectará?.

Es importante recordar que el Gobierno aprobó las medidas sin el apoyo de la patronal, por lo que solo contó con el apoyo de los sindicatos UGT y CCOO, fieles aliados ideológicos del PSOE-Podemos. Además, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dio el ‘pistoletazo’ de salida de su reforma criticando al BBVA, Banco de España y Fedea por demostrar la inviabilidad de los planes aprobados en el Consejo de Ministros.

A la espera de su publicación en el BOE y posterior validación en el Parlamento, estos son los puntos clave de la reforma de Escrivá. 

Menos sueldo

Desde enero de 2023, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional afecta de manera directa a las nóminas. Se trata de un nuevo impuesto que se aprobó durante la primera fase de la reforma de las pensiones y que se traduce en el incremento de las cotizaciones del 0,6% por contingencias comunes, lo que se reparte entre empresa y trabajador en similares condiciones que las cotizaciones sociales: 0,5% de la empresa y 0,1% del trabajador.

Esto supone que a partir de enero de 2023 el trabajador perdería un 0,1% de su sueldo neto, mientras que para los autónomos es una cifra más variable.

Ayuda a los autónomos

Los trabajadores por cuenta propia que tengan lagunas de cotización precedidas por el disfrute de una prestación por cese de actividad, tendrán una cobertura de seis meses con el 100% de la base mínima de cotización. También se salvan de la nueva cuota de solidaridad.

Cuota de solidaridad

Es una cotización adicional que se aplicará entre 2025 y 2024 de forma progresiva sobre la parte del salario que exceda la base máxima y será progresiva con tres tramos de salarios.
Los que estén entre la base máxima y el 10% más empezarán en 2025 con un 0,92% llegando al 5,5% en 2045; los sueldos superiores a la base máxima entre un 10% y un 50% empezarán con un 1% y terminarán con un 6%; y los que superen la base máxima en un 50% (salarios de unos 100.000 euros) empezarán con una cuota del 1,2% y terminarán en el 7%.

Lagunas de cotización

La denominada cobertura de lagunas (periodos intermitentes no cotizados en una vida profesional que se consideran cotizados a efectos de pensión) compensará con el 100% de la base mínima los primeros 48 meses (cuatro años), y con el 50% de la base mínima a partir del mes 49. Pero se añaden para las mujeres trabajadoras por cuenta ajena, el 100% de la base mínima entre el mes de vacío 49 y el 60 (esto es, el quinto año) y el 80% de la base mínima entre el mes 61 y el 84 (ampliándose esta cobertura de lagunas para las mujeres del cuatro a siete años).

Brecha de género

Los tres primeros años de excedencia por el cuidado de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se considerarán efectivamente cotizados. Asimismo, los tres primeros años de reducción de jornada por el mismo motivo serán cotizados por el 100% de dicha jornada sin reducir. Finalmente, el complemento de la pensión por brecha de género tendrá una revalorización adicional del 10% en el bienio 2024-2025.

Pensiones mínimas y máximas

Se fija un mecanismo de subida de las pensiones mínimas contributivas y asistenciales. Las primeras subirán más que el IPC hasta 2027 (alrededor de un 2% más cada año). A partir de ese año se establece un suelo según el cual las mínimas contributivas de jubilación con cónyuge a cargo no podrán ser inferiores al 60% del umbral de la pobreza para un hogar compuesto por dos adultos.

El resto de las mínimas contributivas de jubilación convergerán hasta 2027 con las de mayores de 65 con cónyuge a cargo, subiendo el IPC más el 50% del alza adicional de estas últimas (esto sería un 1%). Las mínimas no contributivas (asistenciales) subirán también el IPC más el mismo 1% del resto de mínimas contributivas de forma que en 2027 no puedan ser inferiores al 75% del umbral de la pobreza de un hogar unipersonal.

También dentro de las medidas de aumento de ingresos se determina que las bases máximas de cotización (el límite salarial que fijan cada año los presupuestos por encima del cual el salario no cotiza a la Seguridad Social; fijado en 2023 en 4.495,50 euros brutos al mes) aumentarán cada año el IPC más un 1,2% fijo adicional entre 2024 y 2050. Así, al final del periodo las bases máximas habrán crecido un 38%.

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24h Economía

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